Portal de Transparencia
Portal de Transparencia
Bienvenido/a al Portal de Transparencia de Milizan Restaurantes S.L. Como parte de nuestra mejora continua, hemos creado este portal donde encontrará toda la información relativa a nuestra empresa.
INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
La empresa MILIZAN RISTORANTES SL se constituyó en SANTA CRUZ DE TENERIFE, siendo su forma jurídica en la actualidad de Sociedad Limitada.
En la fecha de cierre del ejercicio económico, la empresa tiene como domicilio AV VENEZUELA, 5 IZDA., S/C TENERIFE (STA.C. TENERIFE), siendo su Número de Identificación Fiscal B76780519.
Está inscrita en el Registro Mercantil de SANTA CRUZ DE TENERIFE 2, Tomo 3593, Sección GRAL, Folio 38, Hoja 3593, Inscripción 1, de fecha 25/10/2018.
Durante el ejercicio al que se refiere la presente memoria, la actividad principal a la que se dedica la empresa es: RESTAURANTE DE UN TENEDOR.
NORMATIVA APLICABLE
Marco normativo genérico
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.(Ley estatal)
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. (Ley autonómica)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Marco normativo específico
La actividad turística de restauración está regulada en el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla.
El citado Decreto, establece dos grupos de establecimientos: Restaurantes y Bares-cafeterías, siendo obligatoria la exhibición de una placa-distintivo, en la que figure el grupo al que pertenezca el establecimiento.
Para el inicio de la actividad turística de restauración, se requiere la presentación ante el Cabildo Insular correspondiente, y con carácter previo al inicio, de una declaración responsable ajustada al modelo publicado por cada Cabildo Insular, en la que se hará constar el cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto 90/2010, de 22 de julio, modificado por el Decreto 29/2013, de 31 de enero y el Decreto 41/2019, de 1 de abril.
- Requisitos del establecimiento.
- Decreto 41/2019, de 1 de abril, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla, y el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo, aprobado por Decreto 226/2017, de 13 de noviembre.
- Decreto 29/2013, de 31 de enero, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla.
- Decreto 50/2011, de 8 de abril, del Presidente, por el que se establecen los formatos y las características de las placas-distintivos de los establecimientos turísticos de alojamiento, de restauración y de intermediación turística.Corregido por Decreto 190/2011, de 5 de octubre.
- Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.
- Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla.
INFORMACIÓN ORGANIZATIVA
La estructura organizativa de MILIZAN RISTORANTES S.L., se conforma de la siguiente configuración:

GERENTE GENERAL: Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos.
JEFA DE ADMINISTRACIÓN: Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos. Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos.
JEFA DE OPERACIONES: Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos. Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos.
ATENCIÓN AL CLIENTE: Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos. Su principal labor es la gestión general de la empresa y sus distintos departamentos.
INFORMACIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA
MILIZAN RISTORANTES S.L., haciendo un ejercicio de transparencia para la rendición de cuentas, auditamos de manera independiente nuestras cuentas anuales, A continuación, presentamos la cuentas anuales auditadas de los últimos ejercicios como máxima garantía de transparencia.
AYUDAS Y SUBVENCIONES 2021
Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas”, prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España.
Línea 2: subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas con asalariados
IMPORTE: 69.874,98 Є
FECHA DE COMIENZO: 07-09-2021
FECHA DE FINALIZACIÓN: 30-06-2022
OBJETO O FINALIDAD:
-
1. Se crea la Línea Covid de ayudas directas a autónomos (empresarios y profesionales) y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
Con cargo a los recursos de esta Línea se concederán ayudas directas en los términos previstos en este Real Decreto-ley.
Los destinatarios de las ayudas serán las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente. Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles.
2. La dotación de esta línea asciende a 7.000 millones de euros, concediéndose de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, los siguientes créditos extraordinarios al Presupuesto en vigor:
a) En la sección 37 «Otras relaciones financieras con Entes Territoriales», servicio 01 «Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Comunidades Autónomas», programa 941O «Otras transferencias a Comunidades Autónomas», concepto 450 «Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas, excluidas Baleares y Canarias», y a las Ciudades de Ceuta y Melilla por importe de 5.000 millones de euros.
b) En la sección 37 «Otras relaciones financieras con Entes Territoriales», servicio 01 «Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Comunidades Autónomas», programa 941O «Otras transferencias a Comunidades Autónomas», concepto 451 «Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias», por importe de 2.000 millones de euros.
Los dos créditos extraordinarios que se conceden en este apartado se financiarán de conformidad con el artículo 46 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
3. Las ayudas directas recibidas por los autónomos y empresas considerados elegibles tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores y otros acreedores no financieros, por orden de antigüedad; si procede, en segundo lugar, se reducirá la deuda con acreedores financieros, primando la reducción de la deuda con aval público. Por último, se podrá destinar el remanente de la ayuda a compensar los costes fijos incurridos, que incluyen las pérdidas contables propias de la actividad empresarial que no hayan sido ya cubiertas con estas u otras ayudas.
ADMINISTRACIÓN CONCEDENTE:
Dirección General de Promoción Económica, Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo – Gobierno de Canarias
Subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19
Línea 2 COVID de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, financiadas por el Gobierno de España
IMPORTE: 15.458,00 Є
FECHA DE COMIENZO: 14-06-2021
FECHA DE FINALIZACIÓN: 30-06-2021
OBJETO O FINALIDAD:
Apoyo a las personas trabajadoras autónomas sin personal asalariado como medida de protección y soporte ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y conseguir, con prontitud, la reactivación de la economía regional y el aseguramiento del mayor nivel de empleo.
ADMINISTRACIÓN CONCEDENTE:
Dirección General de Promoción Económica, Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo – Gobierno de Canarias
CONTRATOS Y CONVENIOS
- MILIZAN RISTORANTES S.L. no ha suscrito ningún convenio ni contrato con la administración pública durante 2021.
- MILIZAN RISTORANTES S.L. no ha suscrito ningún convenio ni contrato con la administración pública durante 2020.
Este portal de transparencia se ha creado siguiendo las indicaciones del Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento con la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública del Gobierno de Canarias.

